Un viaje educativo

30 octubre 2018

Conflictos en el aula

¿Cómo actuar cuándo se detectan drogas en el aula?



3.- SI DETECTAMOS CONSUMO (extraído de una Guía de orientativa de actuación cuando el profesorado constata drogas en el aula elaborado por Gorka Moreno Arnedillo).
 Intervenir mostrando seguridad, sin titubeos. Tal vez sea necesario acudir en busca de otro profesor o profesora de modo que se pueda pensar y actuar de manera conjunta. 

Afrontamiento por parte del profesor/a en el momento de la detección 

1. Señalar la falta o los indicios sin rodeos: “te he visto fumando”, “aquí huele a hachís”… De manera inmediata y en privado. 
2. Recordar la norma, sin necesidad de volver a explicarla ni enredarse en argumentarla (“recuerdas que hablamos en clase de esto…”) y recordar nuestra obligación de informar (“y recuerdas que los profesores tenemos la obligación de informar de esto…”) 
3. No entrar a discutir la gravedad del asunto, ni tratar de aportar información sobre drogas o sobre su peligrosidad (para eso ya están las estrategias de intervención sobre la demanda). “Sin sermón”
 4. Si procede, dado el estado del alumno o alumna, apartarle de la actividad, mientras se adoptan las medidas según el reglamento de convivencia del centro.
 5. Informar a quien corresponda (dirección, jefatura de estudios, etc.) 
6. Informar a la familia de la situación y de los pasos que va a dar el centro, si no está previamente informada, y ofrecerle información sobre los recursos existentes tanto a nivel local (Servicios Social de Base, Equipos de Atención Primaria), como autonómico (Centros de Salud Mental de Estella y Tudela y Centro de Salud Mental Infantojuvenil hasta los 17 años), así como otras entidades especializadas (Suspertu y Dianova). 

Procedimiento disciplinario posterior 

- Que se desarrolle de acuerdo con lo previsto en el reglamento de convivencia del centro y Decreto Foral 47/2010.
 - Cada centro concreta las medidas educativas pero, en este caso parece procedente considerar, entre otras, la medida 19b del decreto: “suspensión del derecho a participar en actividades complementarias y/o extraescolares del centro, durante todo o parte del curso escolar”. 
- Valorar la posibilidad de que en el procedimiento acordado la medida educativa sea, cuando proceda, la asistencia a un centro de ayuda.

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